El procedimiento ante PROFECO y CONDUSEF es conciliatorio, esto quiere decir, que dichas instituciones no tienen fuerza coercitiva en sus determinaciones, en palabras sencillas implica que no hay forma de que puedan obligar a los proveedores de bienes, servicios, e instituciones de crédito a cumplir ningún contrato, sin embargo, si pueden multar ante irregularidades, por lo que ya seas Consumidor, Proveedor, Institución de Crédito o Usuario de Crédito es importante conocer el procedimiento, pues ambas instituciones si pueden emitir dictámenes con características similares a un título de crédito para ser cobrado en la vía judicial.
Ambas Instituciones defienden los derechos de sus usuarios, sin embargo, es importante conocer los requisitos de procedibilidad de las quejas, para que estas tengan un resultado favorable al usuario. Como Proveedor o Institución Financiera, debes conocer la carga que te impone la Ley para que puedas generar certeza en tus actividades, es decir, si cumples con dichas obligaciones será menos probable que te veas afectado por un dictamen.